¿Quiénes Somos?
Servicios No Financieros
¿Qué es el Sistema de Registros No Convencionales?
El Sistema de Registro de Garantías No Convencionales, es un servicio del BDP – SAM que por mandato y en cumplimiento al Decreto Supremo 2264 de 11 de febrero de 2015, el cual nos autoriza implementar y administrar un Sistema de Registro de Garantías No Convencionales (SRGNC) que presta servicios de Inscripción y Valoración de Garantías No Convencionales, para todo el Sistema Financiero Nacional, de acuerdo a reglamentación emitida por ASFI.
Requisitos para habilitar la EIF al SRGNC.
Solicitud escrita de participación en SRGNC
Requisitos tecnológicos y de conectividad
Copia legalizada con validez máxima de 30 días calendario de la Licencia de Funcionamiento o Certificado de Adecuación otorgada por la autoridad de Supervisión del Sistema Financiero (ASFI).
Original o copia Legalizada del Testimonio de Escritura Pública de Poder Especial y Suficiente del(los) representante(s) legal(es) de la Entidad Financiera que autorice de manera expresa y específica a suscribir un “Contrato Marco de Participación del Sistema de Registro de Garantías No convencionales” con el BDP - SAM en su calidad de Administrador del SRGNC y que contenga inserta una Resolución de Directorio o instancia equivalente que autorice de manera expresa y específica a suscribir dicho contrato a participar y ser usuario de los servicios del SRGNC.
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