Refinanciamiento y Reprogramación de créditos
Si eres cliente de créditos y tienes dificultades para el pago de tu crédito, te brindamos toda la información acerca de la Circular “CC-ASFI No. 669/2021” del 14 de enero 2021, para que puedas solicitar la Reprogramación o Refinanciamiento de tu(s) crédito(s) que fue(ron) diferido(s) durante la gestión 2020.
El Banco De Desarrollo Productivo SAM, puede realizar refinanciamientos o reprogramaciones a los créditos con cuotas diferidas modificando las principales condiciones del crédito con el fin de coadyuvar en la reactivación de las unidades productivas de nuestros clientes. Este proceso implica, además, que las cuotas diferidas se trasladaran al final del nuevo plan de pagos, de manera invariable en monto y frecuencia. Formalizando la misma a través de la firma de una adenda al contrato original.
REPROGRAMACIÓN
Se aceptará modificar las principales condiciones del crédito a causa del deterioro en la capacidad de pago del deudor, plasmando de forma oportuna nuevas condiciones en una adenda al contrato original, en el marco de sanas prácticas y cumplimiento de los requisitos y formalidades necesarias.
REFINANCIAMIENTO
Se promoverá el refinanciamiento de las operaciones que cuenten con las condiciones necesarias y cumplan con los requisitos normativos externos e internos, con la finalidad principal de apoyar el crecimiento, desarrollo y consolidación de la actividad del cliente.
PROCEDIMIENTO PARA SOLICITAR LA REPROGRAMACIÓN O REFINANCIAMIENTO
1. Las solicitudes aplican únicamente para aquellos clientes que fueron beneficiados con el diferimiento de cuotas y requieran una reprogramación y/o refinanciamiento.
2. El cliente deberá contactarse con su respectivo Oficial de Créditos o apersonarse a las oficinas del banco, para solicitar la Reprogramación o Refinanciamiento de su crédito, accediendo a un periodo de gracia de hasta 6 meses. (La solicitud podrá ser de manera escrita o verbal).
3. Una vez actualizados los documentos para la Reprogramación o el Refinanciamiento, el cliente pasará a firmar una adenda al contrato original.
4. Desde la presentación de la solicitud hasta la instrumentación de la programación o refinanciamiento se suspende el cobro de capital e intereses y no se modifica el estado de la deuda ni la calificación.
VIGENCIA DE LA SOLICITUD PARA OPERACIONES CON CUOTAS DIFERIDAS
Las solicitudes de reprogramación o refinanciamiento, tendrán una vigencia de hasta 120 días calendario desde la solicitud por parte del cliente incluyendo el periodo de prórroga, vencido este plazo estas solicitudes quedarán sin efecto y el cliente deberá retomar su plan de pagos, reiniciándose el computo de los días de atraso.
Aquellos clientes que no se presenten a la Agencia/Sucursal del Banco para la entrega de los respectivos requisitos en un plazo máximo de 10 días hábiles a partir de la solicitud y permanecen en periodo de prórroga a la fecha, serán notificados formalmente para la entrega de los documentos en un plazo límite establecido de acuerdo a la situación de cada cliente.
Aquellos clientes que no se presenten a la Agencia/Sucursal del Banco para la firma de la adenda o contrato y permanecen en periodo de prórroga a la fecha, serán notificados formalmente para la firma de esté, en un plazo límite establecido de acuerdo a la situación de cada cliente.